3 de noviembre.

Trato Temporalmente Libre de Impuestos de Fórmula Infantil Bajo la Ley de Fórmula

Trato Temporalmente Libre de Impuestos de Fórmula Infantil Bajo la Ley de Fórmula – Actualización de Tarifas

La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) de los EE. UU. otorga trato libre de impuestos a una cantidad limitada de ciertos productos de fórmula infantil ingresados ​​o retirados de los almacenes para su consumo desde el 22 de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022. Los productos de fórmula infantil elegibles no serán sujeto a cualquier derecho de salvaguardia adicional que pueda imponerse en virtud del subcapítulo IV del Capítulo 99 del HTS, o cualquier otro contingente de importación, contingente arancelario, derechos adicionales o cualquier otro derecho, exacción o cargo que de otro modo se aplicaría a dichos artículos . Las entradas bajo la Ley de fórmulas están exentas de las tarifas de procesamiento de mercancías (MPF) y las tarifas de productos lácteos, aunque las tarifas de mantenimiento del puerto (HMF) siguen siendo aplicables. Las entradas bajo la Ley de Fórmulas no deben presentarse como Entradas de Cuota Tipo 02.

A partir del 27 de octubre de 2022, CBP implementó un cambio en ACE para que ya no requiera la tarifa láctea o MPF en las entradas de la Ley de fórmulas hasta el 31 de diciembre de 2022. Los importadores/corredores que hayan presentado entradas elegibles para la Ley de fórmulas y pagaron la tarifa láctea y/ o MPF puede solicitar un reembolso de esas tarifas.

  • Para los reembolsos de MPF, los importadores/corredores deben presentar una Corrección posterior al resumen.
  • Para los reembolsos de las tarifas de productos lácteos pagados, los importadores/corredores deben presentar sus solicitudes al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) con una carta que especifique el motivo del reembolso, documentación de respaldo (por ejemplo, conocimientos de embarque originales y ajustados, listas de empaque, facturas comerciales, cartas del fabricante, resultados de pruebas de laboratorio y formulario CBP 7501 ajustado).

Es posible que se soliciten documentos adicionales durante la revisión. Todos los documentos deben enviarse con la solicitud por correo electrónico a john.galbraith@usda.gov (Asunto: USDA, AMS, Programa Lácteo) o por Correo:

USDA, AMS, Programa Lácteo

Atención John Galbraith 

1400 Independence Avenue, SW

Sala 2958-S

Washington, DC 20250-0233

Si tiene preguntas o inquietudes con respecto a esta guía, comuníquese con la Oficina de Comercio, División de Ingresos y Entradas de Operaciones Comerciales (CORE) al OTENTRYSUMMARY@cbp.dhs.gov.

Servicios comerciales de grúas puede ayudarle con preguntas sobre este asunto. Para obtener ayuda, comuníquese con CWTSConsulting@craneww.com.

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