Marzo 25, 2022

Sección 301 Lista de exclusión de tarifas de HTS y actualizaciones

La Lista de Exclusión de Tarifas de la Sección 301 HTS de Crane ya está disponible.

Nuestro equipo actualiza con frecuencia la lista de exclusión de la Sección 301 HTS. Para obtener más información, comuníquese con nuestros consultores, ya que nuestro equipo de asesores comerciales puede ayudar con las correcciones de resumen de publicaciones, protestas y otros proyectos de minimización y mitigación de tareas. La lista completa está disponible aquí:


Descargar la lista completa AHORA


Marzo 25th, 2022. 

USTR emite determinación de restablecimiento de ciertas exclusiones de las tarifas de la Sección 301 de China 

El 23 de marzo de 2022, el Representante Comercial de EE. UU. anunció el restablecimiento de ciertas exclusiones de productos en los aranceles de la Sección 301 de China. Esta determinación restablece 352 de las 549 exclusiones elegibles. El restablecimiento aplicará sobre las importaciones a partir del 12 de octubre de 2021 y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por favor, consulte el siguiente enlace para obtener más información. esta página

Crane Trade Services puede ayudarlo con sus preguntas sobre este asunto. Para obtener ayuda por favor contacte CWTSConsulting@craneww.com.

16th noviembre, 2021

USTR anuncia mayor extensión de ciertas exclusiones de productos de la Sección 301 para fines de COVID-19

La Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR) ha anunciado que volverá a extender las exclusiones de productos de la Sección 301 para las importaciones de China para productos de atención médica necesarios para abordar la pandemia de COVID-19. Las 99 exclusiones se publicaron el 29 de diciembre de 2020 y estaban programadas para expirar el 14 de noviembre de 2021.
La extensión actual se aplica en dos fases. En primer lugar, para proporcionar un período de transición, el USTR extenderá todas las 99 exclusiones programadas para vencer el 14 de noviembre de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2021. A partir del 1 de diciembre de 2021, el USTR extenderá las exclusiones de productos solo a 81 productos de atención médica. como se establece en el Anexo B del anuncio del USTR. Estas extensiones vencerán el 31 de mayo de 2022. Las extensiones de exclusión están disponibles para cualquier producto que cumpla con la descripción en la exclusión de productos. Además, el alcance de cada exclusión y modificación se rige por el alcance de las subpartidas y descripciones de productos de la Lista de aranceles armonizados de los Estados Unidos (HTSUS) de diez dígitos en los anexos de este aviso.

Crane Trade Services puede ayudarlo con sus preguntas sobre este asunto. Para obtener ayuda por favor contacte CWTSConsulting@craneww.com.

 

28 de septiembre de 2021.

AVISO DE EXTENSIONES DE EXCLUSIÓN DE PRODUCTOS: SECCIÓN 301 ARANCEL DE CHINA

En avisos anteriores, el USTR (Representante Comercial de EE. UU.) Modificó la investigación de la Sección 301 de China al excluir de aranceles adicionales ciertos productos médicos necesarios para abordar la pandemia de Covid-19. Estas exclusiones están programadas para expirar el 30 de septiembre de 2021. El 27 de agosto, el USTR solicitó comentarios sobre la extensión de estas exclusiones por hasta seis meses. El USTR ha emitido un aviso de su intención de extender estas exclusiones por 45 días para permitir que el público tenga tiempo de enviar sus comentarios. Estas exclusiones de productos ahora se extenderán hasta el 14 de noviembre de 2021.

Para obtener más información, consulte el enlace. esta página

Crane Trade Services puede ayudarlo con sus preguntas sobre este asunto. Para obtener ayuda por favor contacte CWTSConsulting@craneww.com.


ACTUALIZACIÓN: CBP emite CSMS 46607637 que proporciona orientación sobre: ​​El USTR extiende las exclusiones arancelarias de la Sección 301 para combatir el COVID-19 hasta el 30 de septiembre de 2021 

El Representante Comercial de EE. UU. Extenderá las Exclusiones arancelarias de la Sección 301 sobre ciertas importaciones de China hasta el 30 de septiembre de 2021, para apoyar los esfuerzos en curso de EE. UU. Para combatir el Covid-19.  

Esta última ronda de exclusiones cubre estos bienes cuando se ingresan para consumo o se retiran de un almacén para consumo a las 12:01 am EST del 1 de abril de 2021 y finaliza a la medianoche EST del 30 de septiembre de 2021.

Por favor use el enlace esta página para el CSMS 46607637

Para obtener una lista de los productos excluidos, utilice el enlace esta página para el Aviso del Registro Federal 85 FR 85731

Crane Trade Services puede ayudarlo con preguntas relacionadas con estas exclusiones. Para obtener ayuda, comuníquese con CWTSConsulting@craneww.com.


El USTR extiende las exclusiones arancelarias de la Sección 301 para combatir el COVID-19 hasta el 30 de septiembre de 2021.

El Representante Comercial de EE. UU. Extenderá las Exclusiones arancelarias de la Sección 301 sobre ciertas importaciones de China hasta el 30 de septiembre de 2021 para apoyar los esfuerzos en curso de EE. UU. Para combatir el Covid-19.  

Esta última ronda de exclusiones cubre estos bienes cuando se ingresan para consumo o se retiran de un almacén para consumo a las 12:01 am EST del 1 de abril de 2021 y finaliza a la medianoche EST del 30 de septiembre de 2021.

Para obtener más información sobre las exclusiones de la Sección 301 para artículos relacionados con Covid-19, utilice este liga


El 2 de octubre de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció la extensión de las exclusiones a la Sección 301 de Acción Comercial de $ 16 mil millones (Lista 2) para productos originarios de China.

Estas extensiones de exclusión son efectivas con respecto a los bienes ingresados ​​para consumo, o retirados del almacén para consumo, a partir de las 12:01 a.m., hora del este del día 2 de octubre de 2020, y antes de las 11:59 p.m. del 31 de diciembre de 2020.

Las exclusiones extendidas se aplican a los siguientes números de informes estadísticos:

  1. Resinas elastoméricas de petróleo (n.o CAS 64742-16-1) (descritas en el número de informe estadístico 3911.10.0000)
  2. Soportes de máquinas herramienta con nivelación, estabilización, fijación u otras características especiales (descritas en el informe estadístico número 8466.30.8000)
  3. Motores eléctricos, con una potencia de 18.65 W o más pero que no exceda de 37.5 W, con cables conectados, diseñados para su uso en el ajuste de asientos de vehículos de motor (descritos en el informe estadístico número 8501.10.6080)
  4. Motores eléctricos de CC, 12 V, con una potencia superior a 74.6 W pero no superior a 735 W, con cables y conector eléctrico, de diámetro exterior no superior a 75 mm, con carcasa no superior a 100 mm de longitud y eje no superior a 60 mm de longitud (descrito en el informe estadístico número 8501.31.4000)
  5. Motores eléctricos de CC, 12 V, con una potencia no superior a 515 W, que midan no más de 95 mm de diámetro exterior, no más de 155 mm de longitud y con un eje de no más de 30 mm de longitud (descrito en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  6. Motores eléctricos de CC, 120 V, con una potencia no superior a 90 W, que midan no más de 90 mm de largo por 35 mm de ancho por 35 mm de alto (descrito en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  7. Motores eléctricos de corriente continua, 13.5 V, con una potencia no superior a 110 W, que midan no más de 75 mm de diámetro exterior, carcasa no superior a 120 mm de largo, un eje no superior a 55 mm de largo y con una brida de montaje no superior a 150 mm (descrito en estadísticas número de informe 8501.31.4000)
  8. Motores eléctricos de CC, 230 V, con una potencia no superior a 140 W, que midan no más de 45 mm de diámetro y no más de 100 mm de longitud (descritos en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  9. Motores eléctricos de CC, 230 V, con una potencia no superior a 85 W, que midan no más de 90 mm de largo por 35 mm de ancho por 35 mm de alto (descrito en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  10. Motores eléctricos de CC, 24 V, con una potencia no superior a 515 W, que midan no más de 95 mm de diámetro exterior, no más de 155 mm de longitud y con un eje de no más de 30 mm de longitud (descrito en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  11. Motores eléctricos de CC, con una potencia superior a 74.6 W pero no superior a 735 W, que contienen cables conductores y un conector eléctrico (descritos en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  12. Motores de CC con una potencia de salida superior a 74.6 W pero no superior a 230 W, que midan menos de 105 mm de diámetro y 50 mm o más pero no más de 100 mm de longitud (descritos en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  13. Motores de CC, de una potencia superior a 74.6 W pero no superior a 735 W, cada uno valorado en no más de $ 18 (descrito en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  14. Motores de imán permanente de corriente continua (CC) con una potencia nominal de 90 W o más, pero no superior a 110 W y 24 V con un par de 65 Newton metros (Nm) y 2,035 Nm, que incorporan una rueda que puede accionar manualmente una válvula (descrito en el número de informe estadístico 8501.31.4000)
  15. Interruptores de circuito de falla a tierra (GFCI), interruptores de corriente de fuga de electrodomésticos (ALCI), interruptores de detección de corriente de fuga (LCDI) e interruptores de circuito de falla de arco (AFCI) (descritos en el informe estadístico número 8536.30.8000)
  16. Interruptores electrónicos de detección de movimiento por infrarrojos pasivos (PIR) de CA (descritos en el número de informe estadístico 8536.50.7000)
  17. Conjuntos de acoplamientos de estante inferior diseñados para su uso con sistemas de acoplamiento de vehículos de las partidas 8605 u 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  18. Placas de retención delanteras de amortiguación / amortiguación, diseñadas para su uso con sistemas de amortiguación / amortiguación de vehículos de las partidas 8605 u 8606 (descritas en el número de informe estadístico 8607.30.1000) 8
  19. Amortiguadores / amortiguadores Intermedios de alineación y protección contra sobrecargas, diseñados para su uso con sistemas amortiguadores / amortiguadores de vehículos de las partidas 8605 u 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  20. Amortiguadores / amortiguadores Elementos de protección contra sobrecarrera y alineación trasera diseñados para su uso con sistemas amortiguadores / amortiguadores de vehículos de las partidas 8605 u 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  21. Unidades estructurales traseras de amortiguación / amortiguación, diseñadas para su uso con sistemas de amortiguación / amortiguación de vehículos de las partidas 8605 u 8606 (descritas en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  22. Ejes de retención y alineación amortiguadores / amortiguadores, diseñados para su uso con sistemas amortiguadores / amortiguadores de vehículos de las partidas 8605 u 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  23. Tapones de retención amortiguadores / amortiguadores, diseñados para su uso con sistemas amortiguadores / amortiguadores de vagones de mercancías de la partida 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  24. Elementos de protección contra sobrecarrera y alineación trasera del paquete de tiro, diseñados para su uso con sistemas de amortiguación híbridos de vagones de mercancías de la partida 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  25. Placas de bloque seguidor, diseñadas para su uso con sistemas de amortiguación / amortiguación de vagones de mercancías de la partida 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  26. Manguetas tipo F, diseñadas para su uso con sistemas de acoplamiento de vehículos de las partidas 8605 u 8606 (descritos en el número de informe estadístico 8607.30.1000)
  27. Termómetros clínicos digitales, valorados en no más de $ 11 cada uno (descritos en el número de informe estadístico 9025.19.8040 antes del 1 de julio de 2020; descrito en el número de informe estadístico 9025.19.8010 o 9025.19.8020 a partir del 1 de julio de 2020)
  28. Monitores de gas eléctricos portátiles, inalámbricos (descritos en el informe estadístico número 9027.10.2000)

Consulte el enlace esta página para más información.


El 30 de septiembre de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció la extensión de las exclusiones a la Sección 301 de Acción Comercial de $ 34 mil millones (Lista 1) para productos originarios de China.    

Estas extensiones de exclusión son efectivas con respecto a los bienes ingresados ​​para consumo, o retirados del almacén para consumo, a partir de las 12:01 a.m., hora del este del día 2 de octubre de 2020, y antes de las 11:59 p.m. del 31 de diciembre de 2020.  

Las exclusiones extendidas se aplican a los siguientes números de informes estadísticos:

Por favor vea el enlace esta página para el aviso de exclusión del USTR.

  1. 9030.90.4600
  2. Matrices de acero grabadas químicamente, matrices de corte con regla de acero, matrices magnéticas móviles, carpetas de gofrado y difusores de gofrado de plástico, de los tipos utilizados en máquinas de rodillos accionadas manualmente para grabar o estarcir una sola hoja de cartulina, papel, cuero, imán flexible, plásticos , hojas metálicas, vitela, fieltro o tela, hojas que no midan más de 50.8 cm de ancho o largo (descritas en el número de informe estadístico 8420.99.9000)
  3. Operador montado en plataformas de trabajo aéreas autopropulsadas del tipo descrito en la nota estadística 1 al capítulo 84 a partir del 1 de julio de 2019 al 31 de diciembre de 2019, o en la nota estadística 7 al capítulo 2 a partir del 84 de enero de 1, motor, con una capacidad de carga no superior a 2020 kg (descrito en el número de informe estadístico 1,400 antes del 8427.10.8010 de julio de 1; descrito en el número de informe estadístico 2019 a partir del 8427.10.8020 de julio de 1)
  4. Conjuntos de retención de cemento con un diámetro igual o superior a 4.5 cm pero inferior o igual a 51 cm y una longitud igual o superior a 30.5 cm pero inferior o igual a 72 cm, compuestos por piezas cilíndricas de hierro fundido, junta de caucho de nitrilo y anillos de soporte de latón, aptos para su uso exclusivo o exclusivo principalmente con maquinaria de las subpartidas 8430.41 u 8430.49 (descritas en el informe estadístico número 8431.43.8060)
  5. Máquinas de extrusión para procesar caucho, del tipo de doble tornillo, diseñadas para producir revestimientos interiores para neumáticos (descritas en el número de informe estadístico 8477.20.0015)
  6. Válvulas de seguridad, de latón o bronce, que contienen un elemento fusible para cerrar automáticamente la válvula a una temperatura establecida, cada una con un valor no superior a $ 5 (descritas en el número de informe estadístico 8481.40.0000)
  7. Motores eléctricos de CC, de una potencia inferior a 18.65 W, distintos de los sin escobillas, con un diámetro inferior a 38 mm (descritos en el número de informe estadístico 8501.10.4060)
  8. Motores de CC, conmutados electrónicamente, trifásicos, de ocho polos de los tipos utilizados en sistemas HVAC, de una potencia de 750 W, valorados en no más de $ 100 cada uno (descritos en el número de informe estadístico 8501.31.6000)
  9. Escáneres combinados de tomografía por emisión de positrones / tomografía computarizada (PET / CT) que utilizan múltiples pórticos PET (marcos) en una base común (descrito en el informe estadístico número 9022.12.0000)

El 20 de septiembre de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció la extensión de las exclusiones a la Sección 301 de Acción Comercial de $ 34 mil millones (Lista 1) para productos originarios de China.    

Estas extensiones de exclusión son efectivas con respecto a los bienes ingresados ​​para consumo, o retirados del almacén para consumo, a partir de las 12:01 a.m., hora del este del 20 de septiembre de 2020, y antes de las 11:59 p.m., 31 de diciembre de 2020.  

Las exclusiones extendidas se aplican a los siguientes números de informes estadísticos:

  1. Bombas centrífugas sumergibles (distintas de las bombas de combustible, lubricantes o de refrigerante para motores de pistón de combustión interna; distintas de las bombas originales importadas para su uso con máquinas para fabricar pasta, papel o cartón celulósico), que no estén provistas de un dispositivo medidor ni estén diseñadas para ello, lo anterior capaz de funcionar a 3,700 litros o más pero sin exceder los 41,000 litros por hora (descrito en el número de informe estadístico 8413.70.2004) 
  2. Fuentes de agua de sobremesa diseñadas para uso en interiores, cuyo carácter esencial es impartido por bombas centrífugas sumergibles (descritas en el informe estadístico número 8413.70.2004)
  3. Compresores rotativos, cada uno superior a 746 W pero no superior a 2,238 W, con una capacidad de refrigeración que va desde 2.3 kW a 5.5 kW (descrito en el número de informe estadístico 8414.30.8060) 
  4. Laminadores de rodillos térmicos, cada uno valorado en no más de $ 450 (descrito en el informe estadístico número 8420.10.9040) 
  5. Almohadillas de corte, plataformas, placas de base, almohadillas, cuñas, bandejas, que funcionan como guías para calandradoras de mesa manuales de ancho no superior a 51 cm (descritas en el número de informe estadístico 8420.99.9000) 
  6. Filtros de ionización valorados en más de $ 35 pero no más de $ 45 cada uno (descritos en el informe estadístico número 8421.21.0000) 
  7. Filtros de plástico desechables de un tipo adecuado para filtrar y deshumidificar el aliento de un paciente en un dispositivo médico, como un analizador de gases (descrito en el número de informe estadístico 8421.39.8090) 
  8. Partes de aspiradoras para piscinas (descritas en el informe estadístico número 8421.99.0040) 
  9. Guías de 3 miembros con rodamientos de bolas, de acero inoxidable, para lavavajillas domésticos (descritas en el informe estadístico número 8422.90.0640) 
  10. Cargadores de pala, cada uno con una capacidad de cucharón de 11.4 m3 a 12 m3, y un peso operativo de 30,000 kg o más, pero que no exceda los 36,000 kg (descrito en el número de informe estadístico 8429.51.1055) 
  11. Maquinaria para la alimentación animal (descrita en el informe estadístico número 8436.80.0090) 
  12. Partes de maquinaria para alimentación animal (descritas en el informe estadístico número 8436.99.0090) 
  13. Cartuchos de tinta, cada uno con un peso superior a 1 kg (descrito en el número de informe estadístico 8443.99.2010) 
  14. Juegos de mantenimiento de impresoras que constan de dos o más piezas de repuesto para impresoras de la subpartida 8443.32.10 especificadas en la nota adicional 2 de los Estados Unidos al capítulo 84 (descritas en el número de informe estadístico 8443.99.2050) 
  15. Tornos horizontales para remover metal, accionados eléctricamente, sin control numérico, cada uno con un cabezal de molino montado sobre el cabezal del torno (descrito en el informe estadístico número 8458.19.0020) 
  16. Nuevas fresadoras de control numérico capaces de biselar tubos con un diámetro exterior de 60 cm o más pero que no exceda de 305 cm (descritas en el número de informe estadístico 8459.61.0080) 
  17. Frenos de prensa, no controlados numéricamente, con una capacidad nominal de accionamiento de 3 kW (descrito en el número de informe estadístico 8462.29.0030) 
  18. Nuevas cizallas hidráulicas, no controladas numéricamente, con una potencia de 7.5 kW, valoradas en $ 3,025 o más cada una (descritas en el informe estadístico número 8462.39.0050) 
  19. Portaherramientas del tipo utilizado para sujetar diversos tipos de herramientas para trabajar metales para su uso en husillos de fresadoras (descrito en el informe estadístico número 8466.10.0175) 
  20. Plantas modularizadas para la fabricación de hidróxido de litio con funciones de mezcla, amasado o agitación (descritas en el informe estadístico número 8479.82.0040) 
  21. Cuerpos de válvulas de grifo de bola, de hierro fundido, para transmisiones oleohidráulicas o neumáticas (descritas en el número de informe estadístico 8481.90.9020) 8 
  22. Cuerpos de válvulas, de aluminio, de válvulas para transmisiones oleohidráulicas o neumáticas (descritas en el informe estadístico número 8481.90.9020) 
  23. Partes de válvulas hidráulicas, que no sean cuerpos de válvulas, de válvulas para transmisiones oleohidráulicas o neumáticas, cada una con un valor no superior a $ 5 (descritas en el número de informe estadístico 8481.90.9040)
  24. Rodamientos de bolas de contacto angular, que no se utilicen con unidades de rodamientos de cubo de rueda, que tengan un diámetro interior igual o superior a 25 mm pero no superior a 55 mm, un diámetro exterior igual o superior a 50 mm pero no superior a 95 mm, una anchura igual o superior a 20 mm pero no superior a 35 mm, con una o dos hileras de bolas de acero y una jaula de acero o plástico (descrito en el número de informe estadístico 8482.10.5028) 
  25. Rodamientos de bolas de contacto angular, de no más de 40 mm de ancho, distintos de las unidades de rodamientos para cubos de rueda (descritos en el número de informe estadístico 8482.10.5028) 
  26. Motores eléctricos, CA, tipo condensador dividido permanente, que no superen los 16 W (descritos en el número de informe estadístico 8501.10.4020) 
  27. Motores de CC, de una potencia superior a 37.5 W pero no superior a 74.6 W, valorados en más de $ 2 pero no en $ 30 cada uno (descritos en el número de informe estadístico 8501.31.2000) 
  28. Motores de CA, multifásicos, de estructura de estructura de acero laminado (descritos en el informe estadístico número 8501.51.4040) 
  29. Motores de corriente alterna, multifásicos, de una potencia igual o superior a 186.5 kW pero no superior a 373 kW, con estructura de hierro fundido (descrito en el número de informe estadístico 8501.53.8040)
  30. Conjuntos de placa de circuito impreso de doble capa, cada uno valorado en más de $ 30 pero no en $ 35 (descrito en el número de informe estadístico 8504.90.7500)
  31. Transceptores, de 10 metros, no portátiles, para funcionamiento en frecuencias poco frecuentes de 28.000 a 29.700 MHz (descrito en el número de informe estadístico 8525.60.1050) 
  32. Interruptores de límite, para un voltaje que no exceda los 1,000 V, cada uno valorado en más de $ 19 pero no en $ 32 (descrito en el número de informe estadístico 8536.50.9055) 
  33. Interruptores de luz modulares, para una tensión no superior a 1,000 V, presentados en carcasas de polietileno tereftalato (PET), diseñados para su uso con placa posterior (descrito en el informe estadístico número 8536.50.9065) 
  34. Interruptores diseñados para su uso en vehículos de motor, activados por el conductor o el pasajero (descritos en el número de informe estadístico 8536.50.9065) 
  35. Conectores coaxiales, para un voltaje que no exceda los 1,000 V, valorados en más de $ 0.20 pero no más de $ 0.30 cada uno (descritos en el número de informe estadístico 8536.69.4010) 
  36. Conectores de empalme a tope, para un voltaje que no exceda los 1,000 V, cada uno con un valor no superior a $ 3 (descrito en el número de informe estadístico 8536.90.4000) 
  37. Terminales de anillo, para una tensión no superior a 1,000 V (descritos en el número de informe estadístico 8536.90.4000) 
  38. Conectores de cable enroscables, para un voltaje que no exceda los 1,000 V, cada uno con un valor no superior a $ 0.03 (descrito en el número de informe estadístico 8536.90.4000) 
  39. Aceleradores lineales de banda S y banda X diseñados para su uso en equipos de radioterapia o radioterapia (descritos en el número de informe estadístico 8543.10.0000)
  40. Vehículos todoterreno de cuatro ruedas, con solo motores de pistón alternativo de combustión interna de encendido por chispa, de cilindrada no superior a 1,000 cc, con asiento a horcajadas y control en el manillar, cada uno con una etiqueta que indique que el vehículo solo puede ser operado por personas como mínimo 9 años de edad, cada uno valorado en no más de $ 16 (descrito en el número de informe estadístico 5000) 
  41. Camiones de trabajo, eléctricos, operador a caballo, cada uno con un peso en vacío superior a 8,500 kg pero no superior a 9,500 kg (descrito en el informe estadístico número 8709.11.0030) 
  42. Aparatos de sondeo de profundidad, cada uno valorado en no más de $ 50 (descrito en el informe estadístico número 9014.80.2000) 
  43. Electrodos de electrocardiógrafo (ECG) desechables (descritos en el número de informe estadístico 9018.11.9000) 
  44. Consolas de escáner ultrasónico portátiles, cada una con un peso inferior a 4 kg, presentadas con o sin transductor (descrito en el número de informe estadístico 9018.12.0000) 
  45. Medidores de flujo máximo digitales adecuados para su uso por profesionales médicos (descritos en el número de informe estadístico 9018.19.9550) 
  46. Oxímetros de pulso de dedo adecuados para su uso por profesionales médicos (descritos en el informe estadístico número 9018.19.9550) 
  47. Cristales de germanato de bismuto con requisitos de acabado superficial y dimensional establecidos y que se utilizan como elemento de detección en detectores de tomografía por emisión de positrones (PET) (descritos en el número de informe estadístico 9018.19.9560) 
  48. Dispositivos de protección para el paciente de imágenes por resonancia magnética ("MRI"), cada uno de los cuales incorpora radiofrecuencia y bobinas de gradiente (descritas en el informe estadístico número 9018.19.9560) 
  49. Partes y accesorios de monitores de capnografía (descritos en el número de informe estadístico 9018.19.9560) 
  50. Otoscopios (descritos en el informe estadístico número 9018.90.2000) 
  51. Máscaras de anestesia (descritas en el informe estadístico número 9018.90.3000) 
  52. Lápices de cauterización electroquirúrgicos con conectores eléctricos (descritos en el informe estadístico número 9018.90.6000) 
  53. Conjuntos de placas de circuitos impresos diseñados para su uso en la visualización del rendimiento operativo de los equipos de infusión médica (descritos en el informe estadístico número 9018.90.7580) 
  54. Tablas de rayos X (descritas en el informe estadístico número 9022.90.2500) 
  55. Carcasas de tubos de rayos X y sus partes (descritas en el número de informe estadístico 9022.90.4000) 
  56. Partes y accesorios, de metal, para aparatos de rayos X móviles (descritos en el informe estadístico número 9022.90.6000) 
  57. Conjuntos de placas de circuito impreso, de los tipos diseñados para su uso en aparatos de rayos X (descritos en el número de informe estadístico 9022.90.6000
  58. Soportes verticales especialmente diseñados para soportar, contener o ajustar el movimiento de los detectores digitales de rayos X, o el tubo de rayos X y el colimador en sistemas completos de diagnóstico por rayos X (descritos en el informe estadístico número 9022.90.6000) 
  59. Máscaras termoplásticas de policaprolactona para el uso de pacientes inmovilizadores, durante el uso de radiaciones alfa, beta o gamma, para radiografía o radioterapia (descritas en el informe estadístico número 9022.90.9500) 
  60. Termostatos automáticos para sistemas de calefacción, ventilación y aire acondicionado, que contienen sensores de temperatura y humedad, diseñados para montaje en pared (descrito en el informe estadístico número 9032.10.0030)
  61. Equilibradores de batería diseñados para regular el voltaje entre baterías, que no sean para sistemas de 6, 12 o 24 voltios (descritos en el número de informe estadístico 9032.89.4000)
  62. Cubiertas de termostato (descritas en el número de informe estadístico 9032.90.6120)

Por favor vea el enlace esta página para el aviso de exclusión del USTR


El 20 de septiembre de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció la extensión de las exclusiones a la Sección 301 de Acción Comercial de $ 16 mil millones (Lista 2) para productos originarios de China.

Estas extensiones de exclusión son efectivas con respecto a los bienes ingresados ​​para consumo, o retirados del almacén para consumo, a partir de las 12:01 a.m., hora del este del 20 de septiembre de 2020, y antes de las 11:59 p.m., 31 de diciembre de 2020.  

Las exclusiones extendidas se aplican a los siguientes números de informes estadísticos:

  1. Terpolímeros de ácido acrílico-2-acrilamido-2-metilpropanosulfónico-éster acrílico (AA / AMPS / HPA), presentados en forma seca (descritos en el número de informe estadístico 3906.90.5000) 
  2. Tubos moldeados de acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS), del tipo utilizado para efectuar la transferencia estéril de líquido desde una bolsa o vial a otro recipiente, cada tubo mide 7.5 cm o más pero no excede los 23 cm de longitud, con un diámetro interior de menos de 0.65 cm y un diámetro exterior de menos de 9 cm, uno de los extremos se ha cortado en ángulo para formar una espiga y tiene una pestaña integrada, de menos de 3 cm de diámetro (protección contra salpicaduras) cerca del extremo de la punta 7 y extraíble tapas de polietileno en cada extremo, envasadas en un embalaje estéril (descrito en el informe estadístico número 3917.29.0090) 
  3. Cinta eléctrica de cloruro de polivinilo, en rollos, que mida no más de 2 cm de ancho, no más de 20.2 m de largo y no más de 0.18 mm de espesor (descrito en el número de informe estadístico 3919.10.2020) 
  4. Cinta transparente de plástico con adhesivo de emulsión acrílica, en rollos de no más de 4.8 cm de ancho, valorados en no más de $ .25 por metro cuadrado (descrito en el informe estadístico número 3919.10.2030) 
  5. Rollos de película de polietileno recubiertos con un adhesivo acrílico solvente (descrito en el informe estadístico número 3919.10.2055) 
  6. Rollos de cloruro de polivinilo de 2.5 cm o más, pero que no excedan de 5.1 cm de ancho y 182.9 m de largo (descritos en el número de informe estadístico 3920.43.5000)
  7. Películas revestidas por una o ambas caras con cloruro de polivinilideno (PVdC) o alcohol polivinílico (PVOH), tengan o no una capa de imprimación entre la base y el revestimiento; cualquiera de los anteriores que tenga un grosor total superior a 0.01 mm pero no superior a 0.03 mm (descrito en el número de informe estadístico 3920.62.0090) 
  8. Película impresa de cloruro de polivinilo, laminada con malla de poliéster recubierta de cloruro de polivinilo espumado, en rollos, del tipo utilizado para revestir estantes o cajones (descrito en el número de informe estadístico 3921.12.1100) 
  9. Láminas y tiras de polietileno reticulado y etileno acetato de vinilo, de una anchura superior a 1 m pero no superior a 1.5 m, y una longitud superior a 1.75 m pero no superior a 2.6 m (descritas en el número de informe estadístico 3921.19.0000. XNUMX) 
  10. Lámina y película de polietileno laminadas con tela de polipropileno no tejido spunbond-spunbond-spunbond, que midan 1.12 mo más pero no más de 1.52 m de ancho y 1.93 mo más pero no más de 2.29 m de largo, y que pesen 55 g / m² o más pero no superior a 88 g / m² (descrito en el número de informe estadístico 3921.90.1500) 
  11. Vigas de hierro o acero, que cumplen con la norma ASTM A572, Grados 50, 65 o 70 (descritas en el informe estadístico número 7308.90.3000) 
  12. Tuberías de hierro o acero, con conectores, que cumplen con la norma ASTM A572, Grado 50 (descritas en el informe estadístico número 7308.90.3000) 
  13. Postes de tubería y tubo de acero, con botones de bola adjuntos (descritos en el informe estadístico número 7308.90.3000) 
  14. Postes de tubería y tubo de acero, con placas de umbral y pernos de bola adjuntos (descritos en el informe estadístico número 7308.90.3000) 
  15. Nodos de nervadura de hierro o acero, que cumplen con la norma ASTM A572, grados 50, 65 o 70 (descritos en el número de informe estadístico 7308.90.3000) 
  16. Conductores monopolares para una tensión superior a 1,000 V, distintos de los de cobre y sin conectores (descritos en el número de informe estadístico 8544.60.6000) 
  17. Motocicletas con energía eléctrica para propulsión, cada una de una potencia que no exceda los 1,000 W (descritas en los números de informe estadístico 8711.60.0050 o 8711.60.0090, en vigencia a partir del 1 de julio de 2019; descritas en el número de informe estadístico 8711.60.0000, en vigencia antes del 1 de julio, 2019)

Consulte el enlace esta página para más información.


El 7 de agosto de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció una extensión de las exclusiones a la Sección 301 Acción comercial de $ 200 mil millones (Lista 3) para productos originarios de China.  

Como se establece en el Anexo, estas exclusiones expiraron el 7 de agosto de 2020 y se han extendido hasta el 31 de diciembre de 2020.

Algunas de las exclusiones de productos incluyen los siguientes números de HTS.  
(1) 0304.72.5000 (2) 0304.83.1015 7 (3) 0304.83.1020 (4) 0304.83.5015 (5) 0304.83.5020 (6) 0304.83.5090 (7) 3923.21.0095 (8) 3926.20.9050 ( 9) 4015.19.1010 (10) 4819.50.4060 (11) 5603.12.0090 (12) 5603.14.9090 (13) 5603.92.0090 (14) 5603.93.0090 (15) 6505.00.8015 (16) 8424.90.9080 

Por favor vea el enlace esta página para la lista completa de productos incluidos.


Exclusiones de la Sección 301 - Lista de extensiones 2

ACTUALIZACIÓN 31 de julio de 2020

La Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR), después de buscar comentarios sobre si extender hasta 12 meses las exclusiones de los aranceles de la Sección 301 otorgados en julio de 2019 para ciertas importaciones de China, ha aprobado extensiones que cubren el siguiente Programa de Aranceles Armonizados (HTS ) subtítulos y descripciones de productos:

  1. Politetrafluoroetileno ((C2F4) n), con un tamaño de partícula de 5 a 500 micrones y un punto de fusión de 315 a 329 grados Celsius (descrito en el número de informe estadístico 3904.61.0090)
  2. Película de polietileno de 20.32 a 198.12 cm de ancho y 30.5 a 2000.5 m de largo, recubierta por una cara con adhesivo acrílico solvente, transparente o en colores transparentes, impresos o no, en rollos (descrito en el número de informe estadístico 3919.90.5060) 7
  3. Láminas rectangulares de polietileno de alta o baja densidad, de 111.75 cm a 215.9 cm de ancho y 152.4 cm a 304.8 cm de largo, con una pegatina adherida para marcar el centro de cada lámina, de los tipos utilizados en hospitales o centros quirúrgicos quirófanos (descritos en el informe estadístico número 3920.10.0000) 
  4. Motores de gasolina o propano líquido (LP) con una cilindrada superior a 2 litros pero no superior a 2.5 litros (descritos en el número de informe estadístico 8407.90.9010) 
  5. Dispensadores de soluciones para la limpieza o desinfección de manos, ya sea que empleen una bomba manual o una bomba que funcione con batería con detección de proximidad, cada artículo con un peso no superior a 3 kg (descrito en el número de informe estadístico 8424.89.9000) 
  6. Caminar detrás de cultivadores rotativos, eléctricos, con un peso individual inferior a 14 kg (descrito en el informe estadístico número 8432.29.0060) 
  7. Motores de CA, de 18.65 W o más pero que no excedan de 37.5 W, cada uno con actuadores, cigüeñales o engranajes adjuntos (descritos en el número de informe estadístico 8501.10.6020) 
  8. Sensores de posición o velocidad para sistemas de transmisión de vehículos de motor, cada uno con un valor no superior a $ 12 (descrito en el número de informe estadístico 8543.70.4500) 
  9. Sensores de velocidad de las ruedas para sistemas de frenos antibloqueo de vehículos motorizados, cada uno con un valor no superior a $ 12 (descrito en el número de informe estadístico 8543.70.4500) 
  10. Aparato que utiliza sensores de detección de infrarrojos pasivos diseñados para encender y apagar luces (descrito en el número de informe estadístico 8543.70.9960) 
  11. Detectores de fugas de líquido (descritos en el número de informe estadístico 8543.70.9960) 
  12. Robots, programables, que midan no más de 40 cm de alto por 22 cm de ancho por 27 cm de profundidad, que incorporen una pantalla LCD, cámara y micrófono pero sin "manos" (descrito en el número de informe estadístico 8543.70.9960) 
  13. Motocicletas (incluidos los ciclomotores), con motor de pistón de combustión interna alternativo de una cilindrada que no exceda los 50 cc, valoradas en no más de $ 500 cada una (descritas en el número de informe estadístico 8711.10.0000) 
  14. Termómetros clínicos digitales (descritos en el informe estadístico número 9025.19.8040 antes del 1 de julio de 2020; descrito en el informe estadístico número 9025.19.8010 o 9025.19.8020 a partir del 1 de julio de 2020)

Estas extensiones son efectivas con respecto a los bienes ingresados ​​para consumo, o retirados del almacén para consumo, a partir de las 12:01 am hora del este del día 31 de julio de 2020 y antes de las 11:50 pm hora del este del día 31 de diciembre de 2020. 


El 5 de agosto de 2020, el Representante de Comercio de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Sección 301 Acción comercial de $ 300 mil millones (Lista 4) para productos originarios de China.  

Como se establece en el anexo, las exclusiones se reflejan en 1 subpartida existente de diez dígitos del HTSUS y en 9 descripciones de productos especialmente preparadas, que en conjunto responden a 25 solicitudes de exclusión independientes. Las exclusiones de productos en este aviso se aplican a partir del 1 de septiembre de 2019 y se extenderán hasta el 1 de septiembre de 2020. 

  1. 8443.32.1050 
  2. Ciertos kits de barrera contra el polvo para puertas 
  3. Ciertas piezas del sistema de barrera contra el polvo 
  4. Bloqueo de cierres de cremallera de plástico (descritos en el informe estadístico número 3926.90.9990 antes del 1 de julio de 2020; descrito en el informe estadístico número 3926.90.9985 a partir del 1 de julio de 2020) 
  5. Cierta cristalería decorativa
  6. Escáneres de imágenes ópticos digitales con un ancho máximo de escaneo de al menos 60 cm pero no más de 92 cm (descrito en el número de informe estadístico 8471.60.8000) 
  7. Aparatos de tirachinas, incluso de propulsión eléctrica, de los tipos utilizados para juegos al aire libre (descritos en el número de informe estadístico 9506.99.6080) 
  8. Columpios y sus partes y accesorios (descritos en el informe estadístico número 9506.99.6080) 
  9. Lanzadores de trampas y sus partes y accesorios (descritos en el informe estadístico número 9506.99.6080)

El Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Sección 301 Acción comercial de $ 300 mil millones (Lista 4) para productos originarios de China.

ACTUALIZACIÓN 29 DE JULIO DE 2020

Como se establece en el anexo, las exclusiones se reflejan en 11 subpartidas de HTSUS de diez dígitos existentes y 53 descripciones de productos especialmente preparadas, que en conjunto responden a 242 solicitudes de exclusión independientes. Las exclusiones de productos en este aviso se aplican a partir del 1 de septiembre de 2019 y se extenderán hasta el 1 de septiembre de 2020.  


El Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Sección 301 Acción comercial de $ 300 mil millones (Lista 4) para productos originarios de China.  

ACTUALIZACIÓN 7 DE JULIO DE 2020

Como se establece en el anexo, las exclusiones reflejan 61 descripciones de productos especialmente preparadas, que en conjunto responden a 86 solicitudes de exclusión separadas.  

Las exclusiones de productos en este aviso se aplican a partir del 1 de septiembre de 2019 y se extenderán hasta el 1 de septiembre de 2020.  


Sección 301 Acción comercial de $ 34 mil millones (Lista 1) para productos originarios de China.  

ACTUALIZACIÓN 6 DE JULIO DE 2020

Estas extensiones de exclusión se otorgan hasta el 31 de diciembre de 2020.  

Las exclusiones extendidas se aplican a los siguientes números de informes estadísticos:

  1.  Actuadores neumáticos de acción directa y retorno por resorte, cada uno con una presión máxima de 10 bar y un valor superior a $ 68 pero no superior a $ 72 por unidad (descrito en el número de informe estadístico 8412.39.0080) 
  2. Carcasas y cuerpos de bombas (descritos en el informe estadístico número 8413.91.9080 antes del 1 de enero de 2019; descrito en el informe estadístico número 8413.91.9095 vigente desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019; descrito en el informe estadístico número 8413.91.9085 o 8413.91.9096. 1 a partir del 2020 de enero de XNUMX) 
  3. Cubiertas de bomba (descritas en el informe estadístico número 8413.91.9080 antes del 1 de enero de 2019; descritas en el informe estadístico número 8413.91.9095 vigente desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019; descritas en el informe estadístico número 8413.91.9085 o 8413.91.9096 efectivo 1 de enero de 2020) 
  4. Partes de la bomba, de plástico, cada una con un valor no superior a $ 3 (descritas en el informe estadístico número 8413.91.9080 antes del 1 de enero de 2019; descrito en el informe estadístico número 8413.91.9095 vigente desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019; descrito en el informe estadístico número 8413.91.9085 o 8413.91.9096 a partir del 1 de enero de 2020) 
  5. Compresores, que no sean de tornillo, utilizados en equipos de aire acondicionado en vehículos de motor, cada uno valorado en más de $ 88 pero no más de $ 92 por unidad (descrito en el número de informe estadístico 8414.30.8030) 
  6. Componentes estructurales para hornos industriales (descritos en el informe estadístico número 8514.90.8000) 
  7. Condensadores electrolíticos de aluminio, cada uno con un valor no superior a $ 3.20 (descrito en el número de informe estadístico 8532.22.0085) 
  8. Interruptores giratorios, con una clasificación de más de 5 A, que midan no más de 5.5 cm por 5.0 cm por 3.4 cm, cada uno con 2 a 8 terminales de horquilla y un eje de actuador con sección transversal en forma de D (descrito en el número de informe estadístico 8536.50.9025) 
  9. Interruptores giratorios, unipolares, de un solo tiro (SPST), de más de 5 A, cada uno de los cuales no mide más de 14.6 cm por 8.9 cm por 14.1 cm (descrito en el número de informe estadístico 8536.50.9025) 
  10. Ánodos de zinc para su uso con máquinas y aparatos de galvanoplastia, electrólisis o electroforesis (descritos en el número de informe estadístico 8543.30.9080) 
  11. Conjuntos de estaciones meteorológicas, cada uno de los cuales consta de una pantalla de monitoreo y sensores meteorológicos al aire libre, con un alcance de transmisión de no más de 140 my un valor no superior a $ 50 por conjunto (descrito en el número de informe estadístico 9015.80.8080) 
  12. Colimadores multihojas de sistemas de radioterapia basados ​​en el uso de rayos X (descritos en el informe estadístico número 9022.90.6000) ”

Consulte el enlace del aviso de exclusión del USTR esta página


Sección 301 - Exclusiones de la Ley de Comercio de $ 300 mil millones (Lista 4)

ACTUALIZACIÓN JUNIO 8, 2020

El 8 de junio de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Sección 301 Acción Comercial de $ 300 mil millones (Lista 4) para productos originarios de China.  

Como se establece en el Anexo, las exenciones cubren dos subpartidas del Arancel Armonizado (HTS) de 10 dígitos y 32 descripciones de productos especialmente preparadas, que cubren 55 solicitudes de exclusión presentadas por separado.  

Estas exclusiones son válidas desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 1,2020 de septiembre de XNUMX.  

Las subpartidas HTS excluidas están ambas dentro del Capítulo 52 (Algodón) de la HTS:

  • 5210.11.4040 - Tejidos de algodón con un contenido de algodón inferior al 85 por ciento en peso, mezclado principal o exclusivamente con fibras sintéticas o artificiales, con un peso inferior o igual a 200 g / m²: Sin blanquear: De ligamento tafetán: Del número 42 o inferior: Chapas.
  • 5210.11.6020 - Tejidos de algodón con un contenido de algodón inferior al 85 por ciento en peso, mezclado principal o exclusivamente con fibras sintéticas o artificiales, con un peso inferior o igual a 200 g / m²: Sin blanquear: De ligamento tafetán: De los números 43 a 68: Popelina o paño fino.

Sección 301 - Extensiones de exclusión a la Ley de Comercio de $ 34 mil millones (Lista 1)

ACTUALIZACIÓN 28 DE MAYO DE 2020

La Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR), después de buscar comentarios sobre si extender hasta 12 meses las exclusiones de los aranceles de la Sección 301 otorgadas el 4 de junio de 2019 para ciertas importaciones de China, ha determinado extender las exclusiones por seis meses adicionales. meses hasta el 31 de diciembre de 2020, que cubren las siguientes subpartidas y descripciones de productos del Programa arancelario armonizado (HTS):

  1. Bombas de viga y de carrera larga balanceadas por manivela para pozos y campos petrolíferos (descritas en el informe estadístico número 8413.50.0010) 
  2. Bombas centrífugas sumergibles, excepto las que se utilicen con máquinas para fabricar pasta, papel o cartón celulósicos; las bombas anteriores con una potencia nominal no superior a 15 kW (descritas en el número de informe estadístico 8413.70.2004) 
  3. Bomba sumergible que incorpora un motor de accionamiento magnético (descrito en el número de informe estadístico 8413.70.2004)
  4. Bombas centrífugas diseñadas para eliminar el condensado, lo anterior no especificado ni incluido en otra parte (descrito en el informe estadístico número 8413.70.2090) 
  5. Carcasas para bombas de agua de la subpartida 8413.30.90 (descritas en el número de informe estadístico 8413.91.9010) 
  6. Calentadores solares de agua que incorporan colectores de calor de tubos de vidrio y que incluyen tubos de vidrio y soportes con tanques (descritos en el informe estadístico número 8419.19.0040) 
  7. Placas, núcleos, tubos con aletas, conos, carcasas, bonetes, bridas y deflectores de intercambiador de calor (descritos en el número de informe estadístico 8419.90.3000) 
  8. Abridores / cierrapuertas de garaje (descritos en el informe estadístico número 8428.90.0290) 
  9. Martillos de pilotes, propulsados ​​por diésel (descritos en el informe estadístico número 8430.10.0000) 
  10. Marcos soldados diseñados para soportar rodillos transportadores (descritos en el informe estadístico número 8431.39.0010) 
  11. Cubiertas de acoplamiento, incluidos miembros centrales, cubos con bridas, manguitos y zapatas (descritos en el informe estadístico número 8483.90.8010) 
  12. Motores multifásicos de CA, cada uno de una potencia superior a 300 kW pero no superior a 310 kW, equipados con poleas y frenos para subir y bajar ascensores de pasajeros (descritos en el número de informe estadístico 8501.53.8040) 
  13. Controladores de velocidad regenerativa para controlar la velocidad de motores eléctricos para ascensores (descritos en el informe estadístico número 8504.40.4000) 
  14. Controladores de velocidad para motores eléctricos, cada uno de estos controladores mide 100 mm o más pero no más de 130 mm de longitud, 40 mm o más pero no más de 125 mm de ancho y 24 mm o más pero no más de 85 mm de altura (descrito en estadísticas número de informe 8504.40.4000) 
  15. Partes del proyector (descritas en el número de informe estadístico 8529.90.9900) 
  16. Electrodos de superficie desechables para sistemas de neuromonitorización intraoperatoria ("IONM"), cada uno compuesto por una almohadilla de electrodo de superficie, un cable aislado y un conector DIN 42802 estándar (descrito en el número de informe estadístico 9018.19.9560) "

Con estas extensiones, los productos que ingresen a los Estados Unidos para el consumo, o que se retiren del almacén para el consumo, a partir del 4 de junio de 2020 y antes del 31 de diciembre de 2020, continuarán excluidos del arancel adicional. 

Consulte el enlace para obtener el aviso completo del USTR esta página


Sección 301 - Acción comercial de $ 200 mil millones (Lista 3) 

ACTUALIZACIÓN 21 DE MAYO DE 2020

El 21 de mayo de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Sección 301 Acción comercial de $ 200 mil millones (Lista 3) para productos originarios de China.  

Como se establece en el Anexo, las exclusiones se reflejan en diecisiete subpartidas HTSUS de 10 dígitos, que cubren 33 solicitudes de exclusión separadas y 61 descripciones de productos especialmente preparadas, que cubren 70 solicitudes de exclusión separadas. Estas exclusiones se aplicarán desde el 24 de septiembre de 2018 hasta el 7,2020 de agosto de XNUMX.

Consulte el enlace a continuación para ver el aviso de exclusión del USTR esta página


Última actualización 20 de mayo de 2020

La Oficina del Representante Comercial de EE. UU. (USTR), después de buscar comentarios sobre si extender hasta 12 meses las exclusiones de los aranceles de la Sección 301 otorgadas en mayo de 2019 para ciertas importaciones de China, ha aprobado 13 extensiones que cubren el siguiente Programa de Aranceles Armonizados (HTS ) subtítulos y descripciones de productos:

  • 8481.10.0090 - Grifos, llaves, válvulas y aparatos similares para tuberías, calderas, cisternas, cubas o similares, incluidas las válvulas reductoras de presión y las válvulas termostáticas; sus partes: Válvulas reductoras de presión: Las demás
  • 8483.50.9040 - Árboles de transmisión (incluidos los de levas y los cigüeñales) y manivelas; cajas de cojinetes, cojinetes alojados y cojinetes de eje liso; engranajes y engranajes; tornillos de bola o de rodillo; cajas de cambios y otros variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; volantes y poleas, incluidos los bloques de poleas; embragues y acoplamientos de eje (incluidas las juntas universales); sus partes: Volantes y poleas, incluidos los motones: Los demás: Poleas ranuradas
  • Maquinaria o aparatos de filtración o depuración de los tipos utilizados para el tratamiento de aguas residuales (descritos en el número de informe estadístico 8421.21.0000)
  • Equipo de purificación de aire, alimentado eléctricamente, que pese menos de 36 kg (descrito en el informe estadístico número 8421.39.8015)
  • Armaduras diseñadas para su uso en válvulas de solenoide hidráulicas (descritas en el número de informe estadístico 8481.90.9040)
  • Polos C, de acero, diseñados para su uso en válvulas de control de solenoide hidráulicas (descritas en el número de informe estadístico 8481.90.9040)
  • Carretes dosificadores, de aluminio, diseñados para su uso en válvulas de control de solenoide hidráulico (descritos en el informe estadístico número 8481.90.9040)
  • Carretes dosificadores, de acero, diseñados para su uso en válvulas de control de solenoide hidráulicas (descritos en el informe estadístico número 8481.90.9040)
  • Postes de acero diseñados para su uso en válvulas de control de solenoide hidráulicas (descritas en el informe estadístico número 8481.90.9040)
  • Pasadores de empuje, de acero, diseñados para su uso en válvulas de control de solenoide hidráulico (descrito en el informe estadístico número 8481.90.9040)
  • Retenedores de acero diseñados para su uso en válvulas de control de solenoide hidráulicas (descritos en el informe estadístico número 8481.90.9040)
  • Microscopios estereoscópicos, no provistos de un medio para fotografiar la imagen, valorados en no más de $ 500 por unidad (descritos en el informe estadístico número 9011.10.8000)
  • Anillos adaptadores, tubos y manguitos de extensión, soportes y conjuntos de brazos, escenarios y mesas deslizantes, protectores oculares y bastidores de enfoque, todos los anteriores diseñados para su uso con microscopios ópticos compuestos (descritos en el informe estadístico número 9011.90.0000)

Con estas extensiones, los productos que ingresen a los Estados Unidos para consumo, o que se retiren del almacén para consumo, a partir del 6 de julio de 2018 y antes del 31 de diciembre de 2020, continuarán excluidos del arancel adicional. 

Consulte el enlace para obtener el aviso completo del USTR esta página


El 8 de mayo de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Sección 301 Acción comercial de $ 300 mil millones (Lista 4) para productos originarios de China.  

Como se establece en el anexo, las exclusiones se reflejan en tres subpartidas HTSUS de 10 dígitos y cinco descripciones de productos especialmente preparadas, que en conjunto responden a 27 solicitudes de exclusión separadas. Estas exclusiones son válidas desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 1 de septiembre de 2020. Los elementos afectados se indican a continuación:

3306.20.0000 
6506.10.6030 
8512.10.4000 

  • Vasos o fundas graduadas desechables para jarras, de plástico, de los tipos utilizados en centros sanitarios (descritos en el informe estadístico número 3924.10.4000) 
  • Pulseras plásticas de identificación desechables, diseñadas para que las utilicen los pacientes durante procedimientos médicos, cada una de las cuales consta de una tira de plástico con una ventana integrada para insertar papel con la información de identificación del paciente relevante, tales pulseras que midan 0.95 cm o más pero no más de 3.2 cm de ancho y tener un cierre seguro (descrito en el número de informe estadístico 3926.90.9990) 
  • Trituradoras de píldoras o tabletas de plástico operadas manualmente, presentadas con bolsas de plástico acoplables para capturar y almacenar los polvos resultantes (descrito en el número de informe estadístico 8479.82.0080) 
  • Dispositivos de seguimiento, cada uno de los cuales no mida más de 86 mm de lado (si es rectangular) o 28 mm de diámetro (si es circular) y no más de 7.5 mm de espesor, que no pesen más de 15 g, diseñados para ser fijados a otro artículo. y para establecer una conexión Bluetooth con otro dispositivo con el fin de proporcionar información de ubicación relativa (descrito en el número de informe estadístico 8517.62.0090) 
  • Aparato de comunicación inalámbrica capaz de recibir datos de audio para distribuirlos a altavoces inalámbricos (descrito en el número de informe estadístico 8517.62.0090)

El Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Sección 301 Acción comercial de $ 200 mil millones (Lista 3) para productos originarios de China.  

ACTUALIZADO EL 4 DE MAYO DE 2020

Como se establece en el Anexo, las exclusiones se reflejan en dos subpartidas HTSUS de 10 dígitos, que cubren 15 solicitudes de exclusión separadas y 144 descripciones de productos especialmente preparadas, que cubren 170 solicitudes de exclusión separadas. Estas exclusiones son válidas desde el 24 de septiembre de 2018 hasta el 7,2020 de agosto de XNUMX.

Consulte el enlace a continuación para ver el aviso de exclusión del USTR esta página


Últimas actualizaciones sobre la Sección 301

Actualizado en abril 27, 2020

Otras exclusiones de productos enumeradas en este aviso serán retroactivas desde el 24 de septiembre de 2018 y válidas hasta el 7 de agosto de 2020.

• Frijoles mungo
• Ciertas formas de ajo
• Varias sustancias químicas
• Protectores de cables
• Topes de estacionamiento de goma
• Ciertas bolsas de mensajero, bolsas de lona, ​​mochilas
• Bolsas de ropa
• Bolsas de aseo
• Ciertos accesorios para cascos de fútbol americano
• Placas frontales de vidrio para CRT
• Accesorios para tanques de ferrocarril
• Cadenas, pernos, engarces y otros accesorios para neumáticos
• Y varios otros productos básicos según la lista ampliada en el siguiente enlace.

Se puede ver el aviso de exclusión del USTR esta página.


Últimas actualizaciones sobre exclusiones de la Lista 301 y 3 de la Sección 4 

El 20 de marzo de 2020, el Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) anunció que considerando los desarrollos en curso (COVID-19), aceptaría solicitudes de partes interesadas para obtener exclusiones de los aranceles del 25% y 7.5%. Esto se aplica específicamente a las empresas que no presentaron la solicitud antes de la fecha límite de la solicitud de exclusión original y a las empresas cuya solicitud fue denegada pero que pueden ser elegibles ahora según el último aviso (USTR).

Los solicitantes deben establecer evidencia específica y detallada de que su solicitud de exclusión es para productos que se necesitan en los Estados Unidos para responder al brote del virus (COVID-19).

Focus

  • Productos médicos y sanitarios
  • Y / o Productos que están conectados o son útiles en el esfuerzo de respuesta al virus
    • Ejemplos
      • Elementos necesarios para la construcción / mejora / mantenimiento de instalaciones sanitarias e infraestructura crítica
      • Insumos y equipos para la fabricación de suministros relacionados con la salud
      • Suministros y equipos de mantenimiento industrial y agrícola

No cubre (no aplicable a)

  • No reemplaza el proceso de exclusión actual o las solicitudes de exclusión de la Sección 301 que ya se enviaron

Sumisión

  • Los comentarios se pueden enviar independientemente de si el producto en cuestión está sujeto a una solicitud de exclusión de la Sección 301 pendiente o denegada.
  • El expediente está disponible actualmente hasta el 25 de junio de 2020 y podría ser ampliado si es necesario por (USTR).
  • El (USTR) recomienda que las presentaciones se apliquen al portal lo antes posible
    • Los comentarios de oposición o de apoyo se pueden publicar en la solicitud de exclusión publicada tres días hábiles después de que la publicación pública esté disponible en el PORTAL.
    • Todas las presentaciones deben incluir:
      • Identificación del producto en cuestión
      • Explicación o precisamente cómo se relaciona el producto con el esfuerzo de respuesta.
      • Debe contener la tarifa armonizada de 10 dígitos
      • Debe incluir la funcionalidad, las características físicas (dimensiones, composición del material y otras características)

Se puede acceder al expediente a través de este liga.

Tenga en cuenta que la desgravación arancelaria no solo cubriría este período actual, sino que se remontaría a cuando el (USTR) impuso inicialmente la exclusión de 2018 en virtud del estatuto comercial de la Sección 301.


El 31 de marzo de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Lista 301 de la Sección 4 de la Acción Comercial de $ 300 mil millones para productos originarios de China que cubren los siguientes elementos:

  1. 0505.10.0050
  2. 3926.90.9925 
  3. 6506.10.3045 
  4. 8512.10.2000 
  5. 8528.72.6420 
  6. Recubrimientos de plástico, diseñados para adaptarse a los sitios sobrebobinados o moldes, formando así un sello protector para mantener el área cubierta seca y libre de escombros mientras se ducha o se baña (descrito en el número de informe estadístico 3926.90.9990)
  7. Bolsas de plástico, del tipo de las utilizadas con trituradoras de pastillas o comprimidos de accionamiento manual para capturar los medicamentos en polvo (descritas en el número de informe estadístico 3926.90.9990)
  8. Dispensadores rellenables de plástico, diseñados para montarse en una pared vertical, del tipo utilizado para almacenar y dispensar bolsas de contención de emesis en entornos médicos (descrito en el número de informe estadístico 3926.90.9990
  9. Bolsas estériles de plástico para drenaje de urología, diseñadas para caber sobre una extensión de mesa de urología, con una extensión de solapa que proporciona una separación higiénica del paciente de la superficie de la mesa y dirige los líquidos hacia y a través de un filtro en la parte superior de una manguera de drenaje adjunta que contenedor de recogida (descrito en el número de informe estadístico 3926.90.9990)
  10. Bolsas de hielo de materias textiles, para el tratamiento de lesiones o dolores, cada una recargable (descrita en el número de informe matemático 6307.90.9889)
  11. Pulseras de identificación de materiales textiles, cada una con un panel en blanco (descrito en el número de informe matemático 6307.90.9889)
  12. Aparato adecuado para llevar en la muñeca, que tiene funciones de visualización de la hora, cada artículo tiene un acelerómetro y es capaz de mostrar y transmitir los datos enviados a él por una red (por ejemplo, unidad ADP portátil, LAN o red celular) (descrito en informes estadísticos número 8517.62.0090)

Estas exclusiones cubren los bienes ingresados ​​para consumo o retirados de un almacén para su uso, a partir del 1 de septiembre de 2019 al 1 de septiembre de 2020.


El 20 de marzo de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Lista 301 de la Sección 3 de la Acción Comercial de $ 200 mil millones para productos originarios de China que cubren los siguientes elementos:

La lista consta de 177 elementos de línea demasiado largos para enumerarlos. Algunos elementos incluidos son determinados pescados, equipo de protección personal, productos químicos, piezas de automóviles y placas de circuito específicas.

Estas exclusiones cubren bienes ingresados ​​para consumo, o retirados de un almacén para consumo, a partir del 24 de septiembre de 2018 al 7 de agosto de 2020.

Consulte el enlace a continuación para ver el aviso de exclusión del USTR.


El 17 de marzo de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Lista 301 de la Sección 4 de la Acción Comercial de $ 300 mil millones para productos originarios de China que cubren los siguientes elementos:

  1. Ciertos cuencos de plástico moldeado según 3926.90.9990
  2. Vasos dispensadores de medicamentos graduados desechables de plástico según 3926.90.9990
  3. Ciertas almohadillas de espuma plástica conforme a 3926.90.9990
  4. Paños estériles de un solo uso según 3926.90.9990
  5. Ciertos decantadores estériles bajo 3926.90.9990
  6. Envases fríos bajo 6307.90.9889
  7. Cubrezapatos y botas desechables de tejidos sintéticos según 6307.90.9889
  8. Ciertas compresas para los ojos según 6307.90.9889
  9. Ciertas mascarillas faciales bajo 6307.90.9889
  10. Ciertas almohadillas de gel bajo 6307.90.9889
  11. Ciertos paquetes calientes por debajo de 6307.90.9889
  12. Esponjas de laparotomía de 6307.90.9889
  13. Correas de seguridad y sujeción del paciente según 6307.90.9889
  14. Manguitos de presión arterial de un solo uso 6307.90.9889
  15. Mascarillas médicas de un solo uso según 6307.90.9889
  16. Cubiertas de estetoscopio de un solo uso según 6307.90.9889
  17. Esponjas de gasa tejida de algodón según 6307.90.9889
  18. Dispensador de cubrezapatos electromecánico debajo de 8479.89.6500
  19. Artículos de protección bajo 9004.90.0000

Estas exclusiones cubren bienes ingresados ​​para consumo o retirados de un almacén para consumo, a partir del 1 de septiembre de 2019 al 1 de septiembre de 2020.


El 12 de marzo de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Lista 301 de la Sección 3 de la Acción Comercial de $ 200 mil millones para productos originarios de China que cubren los siguientes elementos:

  • Ciertos sacos y bolsas de plástico que se pueden volver a cerrar con arreglo a 3923.21.0030 y 3923.21.0095
  • Ciertos artículos de plástico, de vestir, según 3926.20.9050
  • Ciertos guantes de goma desechables según 4015.19.1010
  • Ciertos tejidos no tejidos según 5603.12.0090

Estas exclusiones de la Sección 301 cubren bienes ingresados ​​para consumo, o retirados de un almacén para consumo, a partir del 24 de septiembre de 2018 al 7 de agosto de 2020.


El 12 de marzo de 2020, el Representante Comercial de EE. UU. (USTR) anunció exclusiones adicionales a la Lista 301 de la Sección 4 de la Acción Comercial de $ 300 mil millones para productos originarios de China que cubren los siguientes elementos:

  • Recipientes de plástico moldeado, con clips para sujetar los alambres guía durante los procedimientos quirúrgicos (descritos en el informe estadístico número 3926.90.9990) 
  • Vasos dispensadores de medicamentos desechables graduados de plástico (descritos en el informe estadístico número 3926.90.9990) 
  • Almohadillas de espuma plástica, con correas de cierre de velcro, protectores de brazos integrados y reposacabezas accesorios, correas corporales, sábanas elevadoras, agarraderas y mascarillas, de los tipos utilizados para posicionar a los pacientes durante procedimientos médicos (descrito en el informe estadístico número 3926.90.9990. XNUMX) 
  • Paños y fundas de plástico estériles de un solo uso, de los tipos utilizados para proteger el campo estéril en quirófanos (descritos en el informe estadístico número 3926.90.9990) 
  • Decantadores estériles de plástico de poliestireno, cada uno de los tipos utilizados para transferir líquidos o medicamentos asépticos hacia y desde bolsas, viales o recipientes de vidrio estériles (descritos en el número de informe estadístico 3926.90.9990) 
  • Paquetes fríos que consisten en un paquete frío de reacción química endotérmica instantánea, de un solo uso, combinado con un revestimiento exterior textil (descrito en el informe estadístico número 6307.90.9889)
  • Cubrezapatos y botas desechables de tejidos de fibras sintéticas o artificiales (descritos en el informe estadístico número 6307.90.9889) 
  • Compresas para los ojos, cada una de las cuales consta de una cubierta de tela rellena de sílice o perlas de gel, con o sin una correa de cierre de velcro (descrita en el número de informe estadístico 6307.90.9889) 
  • Máscaras faciales, de un solo uso, de tejidos textiles (descritas en el informe estadístico número 6307.90.9889)

Estas exclusiones cubren bienes ingresados ​​para consumo o retirados de un almacén para consumo, a partir del 1 de septiembre de 2019 al 1 de septiembre de 2020.


¡Manteniéndote informado! Manténgase actualizado con la información más reciente al suscribirse a nuestro boletín de noticias regular, Industry Insight.

Suscríbete y recibe las últimas novedades sobre Logística y Cadena de Suministro

Cotización

Nuestro equipo de expertos se encuentran listos para crear una solución que se adapte a sus necesidades logísticas y de cadena de suministro.

+1 888-870-2726