28 de mayo de 2024
El 17 de mayo de 2024, la Oficina de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento de Comercio de EE. UU. publicó una norma final que revisa el proceso de exclusión de la Sección 232 para las importaciones de acero y aluminio a los Estados Unidos.
Estas revisiones son efectivas. 01 de julio de 2024, y pretenden mejorar la estructura bajo la cual se pueden solicitar exclusiones de los aranceles sobre el acero y el aluminio, garantizando un proceso más justo y evidente.
Las revisiones eliminan las siguientes doce Exclusiones Generales Aprobadas (GAE): 6 para acero y 6 para aluminio:
GAE para acero | GAE para aluminio |
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La eliminación de estos GAE respalda la efectividad de los aranceles de la Sección 232 y, por lo tanto, la seguridad nacional de Estados Unidos.
Los GAE se establecieron inicialmente para simplificar el proceso de exclusión de productos que consistentemente no se producen en cantidad o calidad razonablemente suficiente dentro de los Estados Unidos o para productos que el Secretario de Comercio considera que deberían excluirse basándose en consideraciones específicas de seguridad nacional.
Los artículos de acero y aluminio enumerados dentro de los 12 GAE anteriores volverán a los derechos y el tratamiento previamente establecidos en las Proclamaciones Presidenciales 9704 y 9705, así como en Proclamaciones posteriores.
Cabe señalar que si el análisis de estos GAE cambia en el futuro, el BIS puede volver a emitir estos GAE en su totalidad o en parte según las siguientes reglas.
De conformidad con las Proclamaciones Presidenciales 9704 y 9705: todas las importaciones de artículos de aluminio estarán sujetas a un tipo arancelario adicional del 10% ad valorem, o impuesto basado en el valor, y las importaciones de artículos de acero estarán sujetas a un tipo adicional del 25% ad valorem. del derecho – ambos artículos con respecto a mercancías ingresadas o retiradas del almacén para consumo.
Estas tasas de derechos, que se suman a cualquier otro derecho, tasa, exacción y cargo aplicable a dichos artículos de aluminio o acero importados, se aplicarán a las importaciones de artículos de aluminio y acero de todos los países excepto Canadá y México.
Importadores estadounidenses deben estar al tanto de la situación y prepararse para los cambios lo antes posible.
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