16 septiembre 2020
Debido a la naturaleza de la ley estadounidense, si se confirma la impugnación, la compensación retroactiva solo estará disponible para aquellos importadores / partes que hayan presentado reclamaciones ante la Corte de Comercio Internacional.
La base actual para la afirmación es que la institución del representante comercial de los EE. UU. De aranceles de la Lista 3 violó la Ley de Comercio de 1974, ya que el USTR no tomó una determinación de que había una práctica comercial desleal que requería una reparación, que los aranceles de la Lista 3 se instituyeron más allá el límite de tiempo de 12 meses previsto en el estatuto rector (19 USC § 2414), y que violó la Ley de Procedimientos Administrativos.
Una reclamación presentada recientemente por varios importadores podría resultar en reembolsos de todos los aranceles de la Sección 301 aplicados hasta la fecha a los productos de la Lista 3 y la Lista 4A de China, independientemente de si se presentó una protesta oportuna o si hay una exclusión disponible. Sin embargo, los importadores deben presentar sus propias reclamaciones independientes para preservar sus posibles reembolsos antes del viernes 18 de septiembre.
Durante más de dos años, EE. UU. Ha aplicado aranceles adicionales a productos chinos por valor de miles de millones de dólares de conformidad con la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974. Aunque se han aprobado algunas exclusiones de estos aranceles, la mayoría de los productos cubiertos siguen sujetos a estos tarifas, que se seguirán evaluando en entradas futuras.
Según la ley, cualquier impugnación debe presentarse dentro de los dos años posteriores a la fecha de la Orden Ejecutiva. La Orden Ejecutiva en cuestión es la Orden Ejecutiva del Presidente 13849. Esta orden se publicó en el Registro Federal el 21 de septiembre de 2018. Esto significa que se debe presentar un caso judicial antes del viernes 18 de septiembre de 2020 para evitar problemas.
Si este litigio tiene éxito, los reembolsos de todos los aranceles de la Sección 301 pagados en los productos de la Lista 3 y la Lista 4A, independientemente de si una exclusión estaba disponible o archivada anteriormente, estarán disponibles.
Los importadores ahora tienen una pequeña oportunidad para unirse a este desafío y preservar sus derechos a tales reembolsos presentando su propia queja oportuna.
Si sus productos se incluyen en estas dos listas y desea presentar una reclamación contra la misma teoría, deberá ponerse en contacto con un abogado comercial.
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