12 de mayo de 2021

CBP publica una hoja informativa sobre los requisitos de marcado de flores cortadas

La Aduana emitió una nueva hoja informativa para recordar a los importadores sus obligaciones en virtud de los requisitos de marcado del país de origen en relación con la importación de ramos de flores recién cortadas.

Generalmente, las flores frescas cortadas importadas a granel (y no vendidas a clientes minoristas en un contenedor exterior preempacado) están en la denominada “lista J” y no es necesario marcarlas individualmente.  

Sin embargo, todavía se aplican algunos requisitos de marcado:
• Si las flores cortadas de la lista J se importan en un contenedor, el contenedor más externo que normalmente llega al comprador final debe estar marcado con el país de origen.
• Si las flores cortadas se vuelven a empaquetar en un nuevo contenedor (como ensambladas en un ramo) para la venta al por menor, el importador debe certificar al director de la CEE que 1) el importador marcará el nuevo contenedor con el país de origen si el importador lo hace el reenvasado; o 2) Si las flores cortadas se venderán o transferirán a un comprador o reempaquetador posterior, el importador notificará al comprador / cesionario por escrito que cualquier reembalaje de las flores debe estar debidamente marcado con el país de origen.
Una declaración de certificación debe aparecer en un documento de entrada apropiado o se puede presentar un formulario general para cubrir todas las importaciones de un producto en particular durante un período de tiempo específico, como un año calendario. La certificación general debe presentarse ante CBP en el puerto de entrada o electrónicamente.

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