Sistema ICS2 - Última actualización

Febrero 23, 2023

¿Qué es ICS2? - Sistema Aduanero de Importación de la Unión Europea

Actualmente, los envíos transfronterizos por barco o avión destinados a la UE desde terceros países ya están obligados a presentar una declaración ICS, que se presenta antes de la salida del tercer país al país de primer punto de llegada a la Unión Europea. .

La UE ha estado incorporando gradualmente el nuevo sistema ICS2 que se alinea con los requisitos de datos PLACI (Información de carga anticipada previa a la carga) de la OMA y reemplaza el sistema ICS actual. Además del requisito de presentar datos adicionales, un cambio clave importante es que la presentación se realiza a través de una ventanilla única, lo que significa que no se requerirá que un operador tenga múltiples licencias de acceso para cada país de la UE al que tiene destino de mercancías.

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Sistema ICS2 - Puntos clave

La implementación para el flete aéreo general se implementará gradualmente a partir del 1 de marzo de 2023
El cumplimiento para el transporte por carretera, ferroviario y marítimo comenzará a partir del 1 de marzo de 2024 
La responsabilidad u obligación de presentación recaerá sobre el explotador del medio de transporte activo que cruce la frontera, entendiéndose por tal:

  • Vehículo de carretera acompañado por el conductor – la empresa de transporte
  • Remolque no acompañado u otra unidad de carga cargada en un transbordador: el operador del transbordador
  • Transportista aéreo o marítimo

La declaración sumaria de entrada puede ser presentada en su lugar por uno de los siguientes:

  • El transitario, importador o consignatario o cualquier otra persona por cuya cuenta actúe el porteador; o
  • Cualquier persona que pueda presentar las mercancías o que pueda presentarlas en la aduana de entrada en la UE

La obligación de presentar sólo se dispensa en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Las mercancías transportadas solo transitarán por las aguas territoriales o el espacio aéreo del territorio de la UE; o
  • cuando esté debidamente justificado por el tipo de mercancías o tráfico; o
  • como se describe en los acuerdos internacionales.

Cronograma de implementación del ICS2

LANZAMIENTO 1 – 15 DE MARZO DE 2021
o Air Express: solo precarga
o Postal Aéreo – Solo precarga

LANZAMIENTO 2 – 1 DE MARZO DE 2023
o Transporte Aéreo General
o Expreso Aéreo – Completo
o Postal por Aire – Completo

El despliegue se realizará de la siguiente manera:

A partir del 1 de marzo de 2023: los transportistas solo deben presentar a nivel de Master Airwaybill
A partir del 1 de julio de 2023, los transitarios y los proveedores de logística deberán presentar la guía aérea interna al nivel más bajo.
Finales de octubre de 2023: las autoridades de la UE comenzarán la aplicación

LANZAMIENTO 3 – 1 DE MARZO DE 2024
o Transporte Marítimo
o Transporte Terrestre
o Transporte ferroviario

Nuevos requisitos de datos

  • Partes de la cadena de suministro: transportista, expedidor, destinatario (con números EORI) y cualquier otra entidad de la cadena de suministro
  • Detalles de las mercancías: código(s) HS, descripción, peso, paquetes, información de DG
  • Información de ubicación: aceptación, carga, descarga, punto de entrega, detalles de ruta
  • Medio de transporte que cruza la frontera: tipo, identidad, fecha y hora de salida y llegada, gastos de transporte
  • Documentos de respaldo

Incumplimiento

Cuando las presentaciones no se presenten correctamente o se presenten con información inexacta o falsa, las autoridades pertinentes de la UE tomarán medidas contra el transportista.

  • Multas financieras
  • Sanciones contra el transportista
  • Carga detenida en la frontera o no emitida orden de carga
  • No se otorgará despacho fuera del cargo aduanero
  • Mercancías sujetas a controles adicionales, como exámenes físicos, escrutinio de documentos

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